Política de Compliance

Responsables

Rol Posición Nombre
ResponsableComité de Ética y Cumplimiento Varios
Responsable de la interpretación y actualización legalComité de Ética y Cumplimiento Varios
Responsable del cumplimientoComité de Ética y Cumplimiento Varios

Control de Versiones

VersiónDescripción de cambiosRevisado porFecha de revisiónAprobado porFecha de aprobación
1Versión inicial
2Revisión conforme UNE 19601 y UNE 19602Comité de Ética y cumplimiento y Consejo de Administración15-01-24
18-01-24

1. Introducción

GRUPO JULIÀ (en adelante GRUPO JULIÀ o la Compañía, indistintamente) podría ser penalmente responsable en caso de cometerse un delito y no contar con los medios necesarios para prevenirlo. En este contexto, de acuerdo con la normativa penal vigente, la responsabilidad penal de GRUPO JULIÀ puede evitarse o atenuarse si, antes de la comisión del delito, se ha adoptado y ejecutado eficazmente un Sistema de Gestión de Compliance Penal y Tributario (en adelante, SGCPT) conforme a los requisitos del artículo 31 bis 5 del Código Penal.


Por ello, desde GRUPO JULIÀ contamos con un SGCPT para resaltar nuestro compromiso con el cumplimiento ético y normativo, así como para minimizar la comisión de hechos delictivos e infracciones tributarias.


Concretamente, el SGCPT es un conjunto de normativa interna que deja patente la posición ética y de cumplimiento que mantiene GRUPO JULIÀ en el desarrollo de sus actividades y da cumplimiento a lo establecido en el Código Penal, la UNE 19601 de Sistemas de Gestión de Compliance Penal (en adelante, UNE 19601) y la UNE 19602 de Sistemas de Gestión de Compliance Tributario (en adelante, UNE 19602). De este modo, en el SGCPT se establecen una serie de principios y pautas de actuación que debemos respetar y cumplir en todo momento.


Finalmente, debe destacarse que el objetivo del SGCPT de GRUPO JULIÀ, además de promover una verdadera cultura empresarial y de respeto al Derecho, no es otro que el de asegurar el cumplimiento de la normativa jurídico-penal que resulte de aplicación a la Compañía.

2. Objetivos del Sistema de Gestión de Compliance Penal y Tributario

Además de los principios y objetivos establecidos en el Código Ético, que debemos conocer y aplicar en nuestro día a día, los principales objetivos del SGCPT son los siguientes:

  • Informar a todos los miembros de la Compañía y a sus partes interesadas sobre la importancia del cumplimiento del SGCPT y sensibilizarlos sobre la importancia del cumplimiento normativo y en especial sobre la prevención de riesgos penales.
  • Transmitir el firme compromiso a todos los miembros de la Compañía y a sus partes interesadas que GRUPO JULIÀ vela para que todas las actuaciones que se lleven a cabo sean siempre respetuosas con el ordenamiento jurídico vigente, con los principios establecidos en el Código Ético, y en estricto cumplimiento en materia penal, promoviéndose una cultura de cumplimiento adecuada, y condenando de forma tajante cualquier actuación delictiva.
  • Garantizar que GRUPO JULIÀ cumple con los deberes de control y supervisión de su actividad, estableciendo medidas adecuadas para prevenir o reducir el riesgo de la comisión de delitos, ejerciendo el debido control legalmente procedente sobre sus miembros y terceros.
  • Establecer un marco general para el SGCPT de la Compañía, el cual comprende medidas de evaluación, prevención, y detección de riesgos penales

3. Alcance del Sistema de Gestión de Compliance Penal y Tributario y de la Política de Compliance

El ámbito objetivo del SGCPT es el desarrollo de las actividades por parte de GRUPO JULIÀ que a continuación se detallarán.

Respecto al ámbito subjetivo del SGCPT de GRUPO JULIÀ, este es de obligado cumplimiento para todos los miembros, con independencia de su cargo o posición; así como, en lo que resulte procedente, para cualquier otra parte interesada de la Compañía.

En este sentido, la presente Política de Compliance se configura como un documento público, al que puede tener acceso cualquier miembro de GRUPO JULIÀ, así como sus partes interesadas para lo que resulte procedente.

Por lo tanto, el referido cumplimiento no es patrimonio exclusivo de aquellos que tengan funciones de control y supervisión, sino que afecta a todos los miembros de la Compañía en todos sus niveles (así como, en lo que resulte procedente, a sus partes interesadas), que deben asumir responsabilidades individuales de cumplimiento normativo y ético en el ámbito de sus funciones en relación con GRUPO JULIÀ.

Las sociedades de GRUPO JULIÀ a las que se aplica el SGCPT y, en consecuencia, la presente Política de Compliance, son: EUROWAYS, S.L.; JULIÀ INTERNACIONAL, S.L.; INMOBILIARIA DUCH S.L.; CAMPANEVADO, S.L.; KAUTRAS, S.L.; JULIA TRAVEL, S.L.; AUTOCARES JULIÀ, S.L. y MED TRAVEL VENTURE, S.L.

En aquellas sociedades participadas en las que la Compañía no tenga el control, sus representantes en los órganos de administración promueven, siempre que ello sea posible, la adopción de SGCPT o medidas de control equivalentes a las implantadas en GRUPO JULIÀ.

Las sociedades que eventualmente se incorporen a GRUPO JULIÀ o se consideren controladas por las sociedades de la Compañía, deberán adoptar las decisiones que sean oportunas a los efectos de adaptar sus regulaciones internas a la presente Política de Compliance y al SGCPT de GRUPO JULIÀ y hacerlas inmediatamente efectivas por parte de sus miembros.

Como se ha introducido, también se promueve la adhesión a los principios y objetivos de esta Política de Compliance y del SGCPT a las partes interesadas de GRUPO JULIÀ (como podrían ser sus proveedores y colaboradores), siempre y cuando las concretas circunstancias existentes así lo permitan, y con la única finalidad de garantizar el cumplimiento de la Ley y una actuación diligente en todo momento.

4. Principios del SGCPT de GRUPO JULIÀ

Los principios generales que rigen el SGCPT de GRUPO JULIÀ y toda la actuación de sus miembros
son los siguientes:

  1. Respetar y actuar conforme a las disposiciones contenidas en la legislación vigente, el Código Ético de la Compañía y todos los protocolos y normativas internas con el objetivo de prevenir, detectar, evitar y responder adecuadamente ante la comisión de cualesquiera hechos que puedan ser constitutivos de delitos según la normativa penal aplicable en cada momento.
  2. Promover una cultura ética empresarial y preventiva de actuaciones delictivas, no tolerándose la comisión de actos ilícitos.
  3. Disponer de sistemas de control permanentemente actualizados y eficaces para la prevención, detección y adecuada reacción ante actuaciones ilícitas o irregulares.
  4. Establecer los procedimientos, protocolos y normas internas que sean necesarias para prevenir actuaciones delictivas.
  5. Asegurar los recursos materiales, financieros, tecnológicos y humanos para la aplicación de la presente Política de Compliance y para disponer de un SGCPT efectivo.
  6. Difundir el deber a todos los miembros de la Compañía de informar de buena fe sobre hechos o conductas que sean fundadamente sospechosas de constituir hechos delictivos.
  7. Disponer de un Canal Ético y de Denuncias en el que todos los miembros de la Compañía puedan informar sobre cualquier hecho potencialmente constitutivo de delito, garantizándose en todo caso la indemnidad del informante de buena fe de tales hechos.
  8. Investigar con la mayor celeridad posible aquellos hechos presuntamente delictivos que sean detectados garantizando en todo momento los derechos de las personas investigadas.
  9. Aplicar el régimen sancionador ante incumplimientos vinculados a posibles ilícitos penales de acuerdo con la normativa laboral aplicable.
  10. Formar de manera continuada a todo la Compañía en materia de cumplimiento penal, garantizando la actualización de sus conocimientos y la promoción de una cultura de ética empresarial y de cumplimiento de la Ley.
  11. Mejorar continuamente el SGCPT en general, y particularmente los elementos que lo componen, en base a la información obtenida y generada durante su aplicación.
  12. Difundir internamente la presente Política de Compliance, el funcionamiento del SGCPT, el Código Ético y todos aquellos protocolos y normas internas que afecten a la Compañía de forma actualizada, así como a otras partes interesadas que puedan representar riesgos penales.

5. SGCPT de GRUPO JULIÀ

GRUPO JULIÀ dispone de un SGCPT (modelo de organización y gestión para la prevención de delitos) que debe ser revisado periódicamente para garantizar su eficiencia. Concretamente, el SGCPT comprende los siguientes elementos:

  • Informe de riesgos penales y tributarios.
  • Código Ético.
  • La presente Política de Compliance.
  • Manual de Compliance.
  • Canal Ético y de Denuncias.
  • Demás Políticas, Protocolos y normativas internas.

El SGCPT identifica los principales delitos que deben ser prevenidos (Mapa de Riesgos) por GRUPO JULIÀ. Asimismo, establece procedimientos y controles para la prevención de actuaciones delictivas, así como los Departamentos afectados y los responsables de su supervisión que recaerá en el Comité de Ética y Cumplimiento.

Asimismo, se destinan anualmente los recursos materiales, humanos y financieros adecuados para llevar a cabo las actividades preventivas para evitar la comisión de delitos.

El Comité de Ética y Cumplimiento

El Comité de Ética y Cumplimiento de GRUPO JULIÀ es el órgano colegiado responsable desupervisar la implantación del SGCPT, de procurar que su contenido es adecuado y de promover su cumplimiento, designado por el Consejo de Administración, con poderes autónomos de iniciativa y control para la supervisión del funcionamiento y del cumplimiento del SGCPT. Además, el Comité de Ética y Cumplimiento es también el encargado de la gestión del Canal Ético y de Denuncias y de los procedimientos de investigación interna.

El Comité de Ética y Cumplimiento someterá el SGCPT a revisión periódica y mejora continua para garantizar que su diseño y operatividad resulten adecuados a las exigencias de la normativa aplicable y acreditar que se está ejerciendo el debido control.

El Comité de Ética y Cumplimiento es el responsable de promover las iniciativas necesarias para la adecuada difusión y formación del personal en materia ética y de prevención de riesgos penales, de modo que los miembros de la Compañía puedan cumplir adecuadamente con las obligaciones en esta materia.

Debemos dirigirnos al Comité de Ética y Cumplimiento en caso de duda sobre cómo debemos actuar, así como para comunicar cualquier hecho relevante o mejora.

6. Canal Ético y de Denuncias

La eficacia del SGCPT de GRUPO JULIÀ y de la presente Política de Compliance requiere contar con un canal de comunicación a través del cual se pueden realizar consultas al Comité de Ética y Cumplimiento sobre la interpretación del Código Ético o comunicar una posible vulneración o incumplimiento del Código Ético, de la Política Compliance o del resto de normativa interna, procesos y controles que conforman el SGCPT, así como otras prácticas delictivas o irregulares.

Por lo tanto, se establece la obligación a todos los miembros de la Compañía de informar de los posibles riesgos e incumplimientos anteriormente referidos por medio del Canal Ético y de Denuncias creado al efecto.

El Canal Ético y de Denuncias es el siguiente: https://grupojulia.integrityline.com

El Canal Ético y de Denuncias está gestionado por el Responsable del Canal Ético y de Denuncias garantizándose que no se tomarán represalias, discriminaciones o sanciones respecto de las personas que pongan en conocimiento cualquier incumplimiento o ilícito penal de buena fe.

Además, determinados terceros (entre otros, clientes, proveedores y demás comerciales) tienen acceso al Canal Ético y de Denuncias de GRUPO JULIÀ para comunicar los riesgos e incumplimientos anteriormente referidos de los que puedan tener conocimiento.

7. Compromiso con el cimplimiento ético y normativo

GRUPO JULIÀ es una organización empresarial que desarrolla su actividad atendiendo a las exigencias de cumplimiento ético y normativo. En este sentido, forma parte de nuestra cultura organizativa el respeto de todos aquellos valores y principios de actuación establecidos en nuestro Código Ético. De este modo, cada uno de los miembros que formamos parte de GRUPO JULIÀ aceptamos como propios estos valores y principios, haciéndolos extensibles a todos aquellos terceros con los que mantenemos relaciones empresariales.

También forma parte de nuestra cultura organizativa el respeto por el cumplimiento de la legalidad vigente y de las diligencias técnicas a las que vinculamos nuestra actividad. En materia de Compliance, este compromiso implica que cada uno de los miembros de GRUPO JULIÀ debemos procurar evitar cualquier conducta o actividad que suponga un incumplimiento de la legislación vigente.

Desde GRUPO JULIÀ se exige a todos sus miembros que, en el desarrollo de sus actuaciones empresariales, cumplan con la normativa que resulta de aplicación en sus correspondientes ámbitos de actuación. Además, también debemos promover una cultura organizativa alineada con el Compliance con aquellos terceros con los que mantenemos relaciones comerciales.

En todo caso, la prohibición de la comisión de hechos delictivos o vulneración de la normativa tributaria a través o en nombre de GRUPO JULIÀ alcanza a cualquier miembro de GRUPO JULIÀ, sea cuál sea su cargo o función. El incumplimiento de alguna de las previsiones establecidas en el SGCPT será objeto de una sanción proporcionada a la gravedad del hecho y de acuerdo a la normativa laboral aplicable.

GRUPO JULIÀ aplicará de forma activa políticas que fomenten el buen clima laboral, la cultura preventiva y que contribuyan a prevenir aquellas situaciones que lo deterioren. Asimismo, se incentivará y potenciará la colaboración, la cooperación y la confianza en las relaciones entre los diferentes estamentos y unidades de GRUPO JULIÀ y entre sus miembros.

En GRUPO JULIÀ entendemos que la prevención de riesgos penales y tributarios no es una actividad puntual sino permanente y en constante evolución. En esta medida, nuestro SGCPT está activo y se revisa periódicamente. Por ello, en GRUPO JULIÀ nos comprometemos a desarrollar, revisar y mejorar de forma continua, todas nuestras políticas, procedimientos y procesos enfocados a la prevención de riesgos penales y tributarios.

8. Estructura de control de GRUPO JULIÀ

La eficacia del SGCPT depende en gran medida de las funciones preventivas y de control, así como de la implicación de todos sus miembros en el ejercicio de sus funciones.

Atendiendo a los requerimientos del Código Penal, GRUPO JULIÀ tiene definida una estructura de control constituida por:

  • El Consejo de Administración de la Compañía, como máximo órgano de decisión.
  • El Comité de Ética y Cumplimiento.
  • La Alta Dirección, además de los correspondientes responsables de procedimientos o controles preventivos.
  • Todos los miembros de GRUPO JULIÀ.

9. Consecuencias del incumplimiento

Los incumplimientos de la presente Política y del resto de normativa que compone el SGCPT podrán dar lugar a la aplicación de medidas disciplinarias laborales, incluido el despido disciplinario, o a la resolución del correspondiente contrato, en cualquier caso, bajo el marco jurídico-laboral vigente, ello sin perjuicio de las sanciones de tipo penal o reclamaciones civiles que pudieran proceder.

En la concreción de dicha sanción disciplinaria se tendrá en cuenta la gravedad y reiteración de la infracción, siempre siendo de aplicación el régimen de sanciones regulado en el Convenio Colectivo de aplicación y el Estatuto de los Trabajadores.

No obstante lo anterior, dichos incumplimientos también podrán ser comunicados a las autoridades pertinentes, en el caso de que puedan ser constitutivos de delito.

10. Aprobación de la presente Política de Compliance

La presente Política de Compliance ha sido aprobada por el Consejo de Administración de GRUPO JULIÀ, momento a partir del cual se ha producido su entrada en vigor.

La presente Política de Compliance puede ser revisada y modificada el Consejo de Administración de GRUPO JULIÀ a iniciativa propia o bien por sugerencia del Comité de Ética y Cumplimiento, a los efectos de mejorar el SGCPT o adaptarlo a nuevas exigencias legales o cambios normativos.